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Si usted leyó sobre esto en 2023 o en 2024, o alguien se lo explicó en ese tiempo, parte de lo que le dijeron ya no está vigente.
El 22 de diciembre de 2025, USCIS reescribió la sección de su propio manual que gobierna estos casos.
Dos cosas sobre eso valen más que todo lo demás.
Entró en vigor de inmediato. No para una fecha futura, no solo para casos nuevos.
Y alcanza casos que ya estaban presentados. En su propio documento, USCIS escribió que estos cambios pueden perjudicar a algunas personas que ya habían presentado, y que su interés en la integridad del programa pesaba más que eso.
Ellos lo sabían. Lo pusieron por escrito. Usted también tiene derecho a saberlo.
El Cambio Que Más Casos Mueve
Hay un cambio que mueve más casos que todos los demás juntos, y es fácil pasarlo por alto porque las palabras se parecen.
La regla vieja: haber vivido con él en algún momento del pasado cumplía el requisito.
La regla nueva: usted tuvo que haber vivido con él durante la relación que califica.
USCIS lo dice de forma directa, y nombra lo que está reemplazando: esto es un cambio respecto de su política anterior, que permitía que la persona hubiera vivido con el agresor en el pasado.
Dos preguntas que suenan igual y no lo son
Todo el tema depende de esta distinción, así que va aparte.
Una. ¿Usted vivió con él durante el matrimonio o la relación? Eso ahora sí se exige.
Dos. ¿Usted vive con él hoy? Eso no se exige, y nunca se exigió. Un caso pendiente no se niega solo porque dos esposos no están viviendo juntos.
Entonces una mujer que se fue hace años, y que vivió con él mientras estuvieron casados, sí cumple. Haberse ido no le quita eso.
Y una mujer que estuvo casada pero nunca compartió casa con él durante la relación tiene en 2026 un problema que no tenía en 2024. Ese es un cambio real y fingir lo contrario no la ayudaría.
Si usted no está segura de cuál de las dos la describe, eso es una conversación y no algo que usted deba decidir sola leyendo una página.
Qué Más Se Movió
Cómo se está leyendo el maltrato extremo. El reglamento sigue incluyendo expresamente el maltrato psicológico, las amenazas y la detención forzada, y lo hace desde 1996. Lo que cambió es el lente. USCIS movió el énfasis desde la intención del agresor y el efecto en usted, hacia la severidad del acto en sí, y trajo definiciones de diccionario que tratan “extremo” como en el grado más alto posible. Las dos cosas son ciertas al mismo tiempo: el maltrato que no es físico sí puede calificar, y la agencia está leyendo la severidad de forma más estricta. La versión larga está aquí: el maltrato psicológico también cuenta.
El matrimonio de buena fe ahora pide evidencia primaria. La actualización exige demostrar el matrimonio de buena fe con evidencia primaria de la relación, en lugar de descansar en material secundario.
Se quitó una protección del buen carácter moral. El manual antes decía que USCIS no niega una autopetición únicamente por no haber presentado cierta evidencia de buen carácter moral. Esa frase se eliminó. Cualquier consejo apoyado en ese colchón está apoyado en algo que ya no existe.
Las declaraciones escritas pesan menos que antes. La actualización dice que las declaraciones pueden no recibir un peso significativo comparadas con otra evidencia, y que USCIS conserva la discreción de decidir qué le parece creíble. Las declaraciones siguen sirviendo. Ya no se espera que sostengan un caso solas.
Ahora se programan biométricas para el buen carácter moral, y un resultado que muestre un impedimento puede llevar a negación o revocación. Y ciertas condenas graves ahora bloquean el buen carácter moral de forma permanente, lo que reduce el alcance de la excepción por maltrato.
Esa excepción sigue existiendo. La ley sigue diciendo que un acto conectado con haber sido maltratada no bloquea automáticamente el buen carácter moral, y existe justamente porque los agresores obligan a sus víctimas a hacer cosas ilegales y porque a veces se acusa a la sobreviviente después de que se defendió. Requiere que la agencia lo determine. No es automático. Y es pregunta de abogada, no de página.
Qué No Cambió
Parte de esto sigue exactamente donde estaba, y saber qué quedó en pie vale tanto como saber qué se cayó.
Usted sigue presentando por su cuenta. Nada en esta actualización pide su firma ni su permiso.
Las protecciones de confidencialidad siguen en la ley, y esta actualización no las tocó. Qué hacen y dónde están sus bordes está aquí: qué protege la ley sobre su caso.
El requisito de sufrimiento extremo sigue eliminado. Hay páginas viejas que todavía lo enumeran. No está en la ley actual y este cambio no lo revivió.
Y para los hijos maltratados no cambió nada, incluido cómo la ley cuenta el tiempo de visitas.
Aquí Nadie le Va a Preguntar Por Qué Esperó
Esto hay que decirlo en una página sobre una fecha que nadie escogió con usted.
Un cambio así invita a decirle a la gente que debió haberse movido antes. Usted no va a leer eso aquí.
Hay razones por las que una persona espera, y casi todas son razones de seguridad y no de papeleo. Si las reglas cambiaron mientras usted esperaba, eso es algo que le pasó a usted. No es algo que usted hizo.
Tampoco hay reloj en esta página. Ninguna fecha que ganarle, ninguna ventana cerrándose. Lo que cambió, cambió. Lo que importa ahora es cuál es su situación real bajo las reglas como están.
Lo Que Esta Oficina Sí le Puede Decir con Certeza
Todo lo que usted nos comparta es estrictamente confidencial. Déjenos el mejor número y la mejor hora para llamarle, para buscarla cuando usted pueda hablar con seguridad. Este trámite se presenta sin él. Sin su firma y sin su permiso.
Una Cosa Más, Sobre lo Que Esta Página No Es
Una autopetición no es lo mismo que un caso en la corte de inmigración. Si Migración ya abrió un caso para sacarla del país, ese es otro trabajo y esta oficina no lo hace, aunque a usted la van a ayudar a encontrar quién sí.
Más sobre cómo funciona la autopetición: la autopetición VAWA.
Cuando Sea Seguro Para Usted Hablar
Si hay peligro en este momento, llame a la Línea Nacional contra la Violencia Doméstica: 1-800-799-7233. Contestan las 24 horas, en español y en inglés.
Cuando usted esté lista para hablar del lado migratorio, llame a la oficina al 806-799-3379, o mande un mensaje de texto al 806-758-7665 si una llamada no es segura.
Déjenos el mejor número y la mejor hora. Ahí la buscamos.